Se trata del postre Mantecol, cuyo rótulo luce: “Postre a base de pasta de maní y cacao marca MANTECOL, RNE Nº 02-0000604, RNPA Nº 02-569076, presentación envase de plástico 3,3 Kg”.
Éste se halla en infracción al artículo por ser un producto falsificado, por carecer de registros y por estar falsamente rotulado al consignar en su rótulo los registros de establecimiento y producto pertenecientes a la firma Mondelez Argentina SA, resultando ser un producto ilegal.
Por tal motivo, y por tratarse de productos que no pueden ser identificados en forma fehaciente y clara como producidos, elaborados y/o fraccionados en un establecimiento determinado, no podrán ser elaborados en ninguna parte del país, ni comercializados ni expendidos en el territorio de la República de acuerdo a lo normado por el Artículo 9° de la Ley 18284.
Por su parte, el Agua de mar - Equilibrio y Salud, marca Daneze, “Extraída del Océano Atlántico. Decantada y filtrada; 100 % pura. Contiene minerales y oligoelementos”, se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, por carecer de registros sanitarios de producto y establecimiento, contener un ingrediente no permitido en alimentos, resultando ser un producto ilegal.
Por esta razón y por tratarse de un producto que no puede ser identificado en forma fehaciente y clara como producido, elaborado y/o fraccionado en un establecimiento determinado, no podrá ser elaborado ni comercializado en ninguna parte del país.