De acuerdo a la Ley Provincial LEY Nº 5735 (Ley de Ministerios) son funciones de la Secretaría de Asuntos Estratégicos y Planificación:
Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área de su competencia.
Diseñar, planificar, ejecutar y supervisar planes, programas y proyectos que el Poder Ejecutivo defina como estratégicos, transversales a las distintas áreas de gobierno, para desregular, mejora de la calidad regulatoria, optimizar los procesos administrativos y favorecer la radicación de inversiones en la Provincia de Río Negro.
Articular el trabajo de y con los restantes ministerios, secretarías de Estado, organismos descentralizados, empresas del Sector Público Provincial y organismos de control interno en el marco de sus competencias.
Asesorar a los mismos en el diseño e implementación de proyectos estratégicos.
Promover la desburocratización administrativa, desregulación, la mejora de la calidad regulatoria, la simplificación operativa y la reducción del gasto de funcionamiento.
Proponer en conjunto con el Ministerio de Modernización, el dictado de nuevas regulaciones y/o actualización o eliminación de las vigentes, para modificar y/o eliminar trámites burocráticos que no se ajusten a la evolución tecnológica actual, que establezcan para la ciudadanía rionegrina o el sector productivo cargas administrativas excesivas, irrazonables o que puedan ser suplidas por la propia actividad del Estado, que hayan demostrado ser ineficaces en orden a las causas que le dieron orígen y/o que no tengan una razonable relación entre costo operativo y beneficio obtenido.
Conformar y dirigir consejos y/o equipos técnicos y profesionales interorgánicos, especializados e interdisciplinarios, para todos aquellos proyectos estratégicos, planes de acción, planificaciones específicas y/o proyectos ejecutivos que indique el Gobernador, a fin de promover el desarrollo humano, económico y productivo de la provincia.
Realizar análisis y estudios sobre tendencias y desafíos estratégicos, y producir los informes que el Gobernador le encomiende sobre los mismos, pudiendo requerir la información de las distintas áreas del sector público, así como contratar consultorías y/o conformar equipos de trabajo interorgánicos a tal fin.
Entender como autoridad de aplicación, en los procedimientos de las Leyes A N° 3.484 (iniciativa privada), A N° 3.709 (Servicios de Consultoría) y A N° 5.278 (Contratos de Participación Público Privada).
Promover la celebración de acuerdos y convenios con organismos nacionales, provinciales y municipales, en el ámbito de sus competencias.
Entender en el sistema de planificación provincial.
Entender como organismo rector de la planificación estratégica y de proyectos estratégicos de la provincia, como instrumento integrador de políticas y niveles de gobierno.
Entender y coordinar el desarrollo de actividades de planificación de las políticas públicas de corte territorial, sectorial e institucional y los programas de acción de gobierno, especialmente en torno a actividades relacionadas a proyectos vinculados a la planificación estratégica provincial o políticas públicas de desarrollo estratégico.
Diseñar, planificar y supervisar las estrategias de implementación de la Ley N° 5.274 de adhesión al RIGI, y demás beneficios promocionales que establezca la Provincia para grandes inversiones.